miércoles, 20 de julio de 2016

5.1. Estándares a considerar en la adquisición de recursos informáticos (hardware, software).

ARTICULO 8°.- Toda adquisición de tecnología informática se efectúa a través del Comité, que está conformado por el personal de la Administración de Informática y Gerente Administrativo de la unidad solicitante de bienes o servicios informáticos.

ARTICULO 9°.- La adquisición de Bienes de Informática en la Empresa NN, quedará sujeta a los lineamientos establecidos en este documento.

ARTICULO 10°.- La Administración de Informática, al planear las operaciones relativas a la adquisición de Bienes informáticos, establecerá prioridades y en su selección deberá tomar en cuenta: estudio técnico, precio, calidad, experiencia, desarrollo tecnológico, estándares y capacidad, entendiéndose por:

Precio. - Costo inicial, costo de mantenimiento y consumibles por el período estimado de uso de los equipos;

Calidad. - Parámetro cualitativo que especifica las características técnicas de los recursos informáticos.

Experiencia. - Presencia en el mercado nacional e internacional, estructura de servicio, la confiabilidad de los bienes y certificados de calidad con los que se cuente;

Desarrollo Tecnológico.- Se deberá analizar su grado de obsolescencia, su nivel tecnológico con respecto a la oferta existente y su permanencia en el mercado;

Estándares. - Toda adquisición se basa en los estándares, es decir la arquitectura de grupo empresarial establecida por el Comité. Esta arquitectura tiene una permanencia mínima de dos a cinco años.

Capacidades. - Se deberá analizar si satisface la demanda actual con un margen de holgura y capacidad de crecimiento para soportar la carga de trabajo del área.





ARTICULO 11°. - para la adquisición de hardware se observará lo siguiente:

Ø  El equipo se desee adquirir deberá estar dentro de las listas de venta vigentes de los fabricantes y/o distribuciones del mismo y dentro de los estándares de la Empresa NN.
Ø  Deberán tener un año de garantía común mínimo.
Ø  Deberán ser equipos integrados de fábrica o ensamblados con componentes previamente evaluados por el comité.
Ø  La marca de los equipos o componentes deberá contar con presencia y permanencia demostrada en el mercado nacional e internacional, así como con asistencia técnica y refaccionaria local.
Ø  Tratando de equipos microcomputadoras, a fin de mantener actualizado la arquitectura informática de la Empresa NN, el Comité emitirá periódicamente las especificaciones técnicas mínimas para su adquisición.
Ø  Los dispositivos de almacenamiento, así como las interfaces de entrada/salida, deberán estar acorde con la tecnología de punta vigente, tanto en velocidad de transferencia de datos, como en el ciclo del proceso.


ARTICULO 13°. - Para la adquisición de Software base y utilitarios, el Comité dará a conocer periódicamente las tendencias con tecnología de punta vigente, siendo la lista de productos autorizados la siguiente:
v  Plataformas de Sistemas Operativos:  MS-DOS, MS- Windows 95 español, Windows NT, Novell Netware, Unix(Automotriz).

v  Bases de Datos: Foxpro, Informix


v  Manejadores de bases de datos: Foxpro para DOS, VisualFox, Access.

v  Lenguajes de programación:
      Los lenguajes de programación que se utilicen deben ser compatibles con las plataformas enlistadas.
§  SQL Windows
§  Visual Basic
§  Visual Fox
§  CenturaWeb
§  Notes Designer

v  Hojas de cálculo:Excel

v  Procesadores de palabras:Word

v  Diseño Gráfico:Page Maker, Corel Draw

v  Programas antivirus.F-prot, Command Antivirus, Norton Antivirus

v  Correo electrónicoNotes Mail

v  Browser de InternetNetscape


En la generalidad de los casos, sólo se adquirirán las últimas versiones liberadas de los productos seleccionados, salvo situaciones específicas que se deberán justificar ante el Comité. Todos los productos de Software que se adquieran deberán contar con su licencia de uso, documentación y garantía respectivas.

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